Por medio de la RG (ATM) 5/2016, se dispone que las constancias de exención y/o reducción de alícuotas a las que se refiere el artículo 185 inciso x) del Código Fiscal, validadas en el mes de diciembre del 2015, regirán hasta la entrada en vigencia de la Ley Impositiva 2016, con los efectos que dichas constancias indiquen.