La Agencia de Recaudación Fueguina a través de la RG (AREF T. DEL FUEGO) 30/2016 redefine las infracciones y las escalas aplicables para el cálculo de las multas por incumplimiento de los deberes formales establecidos por el Código Fiscal, leyes tributarias especiales, decretos reglamentarios y/o resolución de la citada Agencia a partir del 01/02/2016
Categoría: NOVEDADES TRIBUTARIAS
RESOLUCION 21/2016 (M.A) – B.O. 23/02/2016 EMERGENCIA AGROPECUARIA – ESTADO DE EMERGENCIA Y/O DESASTRE AGROPECUARIO EN LA PROVINCIA DE FORMOSA.
Por medio de la Resolución (MA) 21/2016 se declara en la provincia de Formosa el estado de desastre y/o emergencia agropecuaria, según corresponda, para los cultivos de mandioca, batata y hortalizas de producción bajo cubierta, y el estado de emergencia agropecuaria para los cultivos de bananas y algodón, desde el 1 de enero de 2016 al 30 de junio de 2016, de las explotaciones rurales afectadas por exceso de precipitaciones ocurridas durante los meses de noviembre de 2015 a enero de 2016, ubicadas en los Departamentos Pilcomayo y Pilagás y las localidades de San Martín II y General Manuel Belgrano del Departamento Patiño.
TUCUMÁN – RESOLUCION GENERAL (D.G.R.) 16/2016 FISCAL – 22/02/2016 – IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS – CONTRIBUYENTES DEL RÉGIMEN DE CONVENIO MULTILATERAL – IMPUESTOS DE SELLOS – PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Y PAGOS DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CUYOS VENCIMIENTOS OPERAN EL DÍA 10 DE FEBRERO DE 2016- ACEPTACIÓN EN TÉRMINO.
Por medio de la RG (DGR) 16/2016, se consideran presentadas e ingresadas en término las DDJJ y los pagos correspondientes al:
IMPUESTO S/ LOS INGRESOS BRUTOS –ANTICIPO 1/2016
- Contribuyentes locales CUIT terminados en 6 Y 7
- Contribuyentes Convenio Multilateral CUIT terminados en 6 y 7
- Agentes de percepción RG (DGR) 86/00 Enero 2016 CUIT terminados en 4 y 5
- Agentes de Recaudación RG (DGR) N° 80/03 presentación declaración jurada período 1/2016 CUIT terminados en 4 y 5
IMPUESTO DE SELLOS
- Agentes de Recaudación RG (DGR) N° 80/03: presentación declaración jurada período 1/2016, CUIT terminados en 4 y 5.
- Instrumentos cuyos vencimientos operaron el día 17 de febrero de 2016.
- Agentes de Retención Decreto N° 1430/3(SH)-81: período 1/2016
Impuesto a los Automotores y Rodados
- Con N° de patente terminados en 8 y 9, cuyos vencimientos operaron el día 17 de febrero de2016.
IMPUESTO INMOBILIAIRIO y CISI COMUNAS RURALES
- Cuota N° 2/2016, con N° de padrón terminados en 8 y 9.
PROVINCIA DE TUCUMÁN – RESOLUCION GENERAL (D.G.R.)15/2016 (22/02/2016) – IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS – RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN – OPERACIONES DE COMPRAS DE BIENES O LOCACIONES DE BIENES Y/O SERVICIOS REALIZADAS A LOS AGENTES DE PERCEPCIÓN DE EXTRAÑA JURISDICCIÓN – MODIFICACIÓN DE LAS RG (DGR) 83/2014 Y 92/2014 – NORMA COMPLEMENTARIA DE LA RG (DGR) 116/2010
Por medio de la RG (DGR) 15/2016 se sustituye el art. 2° de la RG (DGR) 83/14 referente a la nómina contenida en el art. 1° de la RG (DGR) 116/10
TUCUMÁN – RESOLUCION GENERAL (D.G.R.)14/2016 – IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS – RÉGIMEN DE RECAUDACIÓN SOBRE LOS IMPORTES ACREDITADOS EN CUENTAS ABIERTAS EN ENTIDADES FINANCIERAS – CONTRIBUYENTES QUE NO ACREDITAN INSCRIPCIÓN O QUE NO CUMPLAN CON EL DEBER DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS – COEFICIENTES APLICABLES – MODIFICACIÓN DE LA RES. GRAL. 93/2014 (D.G.R.).
Por medio de la RG (DGR) 14/2016 se incorpora un segundo y tercer párrafo del art. 1° de la RG (DGR) 93/2014 disponiendo que los coeficientes establecidos en el primer párrafo de dicha RG resultarán de respecto de aquellos que habiendo presentado declaración jurada en su carácter de contribuyentes y/o agentes de retención y/o percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, no hubieren ingresado el pago de la obligación respectiva (impuesto, anticipo, retenciones, percepciones ,ingreso mensual anticipado, etc.).
Asimismo, se dispone que iguales coeficientes se aplicarán a los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que se hubieran acogido a planes de facilidades de pago por cualquiera de los tributos recaudados por esta Dirección General de Rentas y que a la fecha de confección dela nómina recaudar se encuentren caducos
RESOLUCION GENERAL 3830/2016 (A.F.I.P.) – B.O. 19/02/2016 – IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y SOBRE LOS BIENES PERSONALES – RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN – DEVOLUCIÓN – REQUISITOS – SUSTITUCIÓN DEL ART. 2 DE LA RES. GRAL. 3420/2012 (A.F.I.P.).
Por medio de la RG (AFIP) 3420 se determinó el procedimiento a observar por los sujetos que no sean contribuyentes del Impuesto a las Ganancias o, en su caso, del Impuesto sobre los Bienes Personales, a los efectos de solicitar la devolución de los importes que les hubieren sido percibidos de acuerdo con los regímenes dispuestos por las Resoluciones Generales (AFIP) 3378, 3379, 3450, 3583 y 3819.
A través de la RG (AFIP) 3830 se modifica la RG (AFIP) 3420 estableciendo, con el fin de facilitar la tramitación de la referida devolución, agilizando la tarea del área operativa y optimizando el servicio a los administrados, la eliminación de la obligatoriedad del registro de Datos Biométricos y su validación como condición para la tramitación señalada.
RESOLUCION GENERAL 3828/2016 (A.F.I.P.) – – B.O. 19/02/2016 – SEGURIDAD SOCIAL – INDICADORES MÍNIMOS DE TRABAJADORES (IMT) – ELIMINACIÓN DEL APARTADO “DEPENDIENTES DE PERSONAS FÍSICAS DE ALTOS INGRESOS” – MODIFICACIÓN DEL ANEXO DE LA RES. GRAL. 2927/2010 (A.F.I.P.).
La norma en comentario modifica el Anexo de la Resolución General 2927/2010 (A.F.I.P.), derogando el Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT) denominado “Dependientes de Personas Físicas de Altos Ingresos”.
RESOLUCION 20/2016 (M.A) – B.O. 19/02/2016 – CORDOBA – EMERGENCIA AGROPECUARIA – ESTADO DE EMERGENCIA Y/O DESASTRE AGROPECUARIO.
Por medio de la Resolución 20/2016 se declara en la provincia de Córdoba el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016 para los productores agrícolas y desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016 para los productores ganaderos y tamberos, afectados por el fenómeno de anegamiento de suelos por lluvias extraordinarias, durante el ciclo productivo 2015/2016, delimitando el área dañada, según la aplicación del criterio de cuenca hídrica, conforme el Sistema de Información Territorial cartográfica digital georreferenciada provincial, a las siguientes cuencas: 62 Río Carcarañá (Centro de los Departamentos Marcos Juárez y Unión y Noroeste del Departamento Juárez Celman, Sur Ruta N° 2), 63 Sistema Vicuña Mackenna, 64 Arroyo Santa Catalina, 65 Sistema de Canals, 66 Río Quinto (Popopis) y 67 Sistema de General Roca.
RESOLUCION 18/2016 (M.A) – B.O. 19/02/2016 – SANTA FE – EMERGENCIA AGROPECUARIA – ESTADO DE EMERGENCIA Y/O DESASTRE AGROPECUARIO – PRÓRROGA DEL ART. 1 DE LA RES. 168/2015 (M.A.G. Y P.).
Por medio de la Resolución 18/2016 se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2015 en la provincia de Santa Fe el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, declarado por el art. 1 de la Resolución 168/2015 (M.A.G. y P.), para las explotaciones ganaderas de carne y/o leche afectadas por los excesos de precipitaciones, anegamientos temporarios y desbordes de arroyos y cursos de agua, de los Departamentos Belgrano, Caseros, Castellanos, Constitución, Garay, General López, General Obligado, Iriondo, La Capital, Las Colonias, 9 de Julio, Rosario, San Javier, San Lorenzo, San Jerónimo, San Justo, San Cristóbal, San Martín y Vera.
RESOLUCION 17/2016 (M.A) – B.O. 19/02/2016 – CORRIENTES – EMERGENCIA AGROPECUARIA – ESTADO DE EMERGENCIA Y/O DESASTRE AGROPECUARIO .
Por medio de la Resolución 15/2016 se declara en la provincia de Corrientes el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a partir del 1 de diciembre de 2015 por el término de seis meses, para las explotaciones agropecuarias afectadas a causa de las intensas lluvias y desbordes de ríos, acaecidos durante los meses de noviembre y diciembre de 2015 ubicadas en el área comprendida por las zonas de islas del Paraná, terrazas inundables de los ríos Paraná y Uruguay y desembocaduras de los ríos Corriente, Santa Lucía, Guayquiraró, Aguapey, Cuay y Mocoretá.