Por medio de la RG (AGR) 51 la Provincia de Catamarca adhiere a la Resolución General 3/2015 de la Comisión Arbitral, por medio de la cual la CA dispuso que a partir del 1/11/2015 que la única identificación de los contribuyentes del I. sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el régimen del C. Multilateral será la CUIT. Adicionalmente se deberán considerar los dígitos asignados a la jurisdicción sede.
Los contribuyentes adheridos al Régimen del C. Multilateral inscriptos con anterioridad al 1/11/2015 quedarán identificados de oficio dentro del Sistema Padrón Web, con el número de la CUIT correspondiente junto a los dígitos que identifican a su jurisdicción sede.