Por medio del Decreto 194/2016 (BO 19/01/2016), el Poder Ejecutivo Nacional decreta que la participación que le corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por aplicación del art. 8 de la Ley 23.548, se fija en un coeficiente equivalente al 3,75% sobre el monto total recaudado por los gravámenes establecidos en el art. 2 de la citada ley, a partir del 1° de enero de 2016.