A través de la RG (DGR)  1419/15 se establece el procedimientos que deberán observar los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos locales y los que adhirieron al régimen del Convenio Multilateral, que hayan solicitado el certificado de no retención y/o percepción de acuerdo con lo establecido en la Res. Gral. D.P.R. 1.338/13