Por medio de la RG (ATM) 16/2016 se establecen los requisitos que deberán cumplir los contribuyentes inscriptos con Códigos de Actividad 111252, 111279, 111280, 111287, 111295, 111296, 111384, 111392, 111393, 111394 y 111406 del rubro 1, de la Planilla Analítica de Alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Anexa al artículo 3° de la Ley 8837), para obtener la exención en el cumplimiento de los requisitos del art. 185 inc. x) del Código Fiscal por el ejercicio 2016, de conformidad a lo previsto en el art. 28 de la Ley Impositiva.