Se establece el cronograma de vencimientos para el período 2016 de los agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos e impuesto de sellos.

Asimismo, se fija en $ 3.000 el importe mínimo no sujeto a retención para los agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos. Por su parte, se establece en $ 200 el monto mínimo no sujeto a percepción para los agentes del mencionado impuesto.