Coronavirus (COVID-19). Organos de gobierno, administración y fiscalización. Se prorrogan los mandatos de los miembros que vencieron a partir de la vigencia del Dto. 297/20. Excepciones.

Buenos Aires, 28 de abril de 2020

Vigencia: 29/4/20

Art. 1 – Prorróganse los mandatos de los miembros de los órganos de gobierno, administración y fiscalización de las asociaciones civiles controladas por esta Inspección General de Justicia cuyos vencimientos operaron u operen a partir de la entrada en vigencia del Dto. 297/20 y mientras dure la misma, por el término de ciento veinte días a partir de la publicación de la presente, prorrogables en caso de subsistir la situación de emergencia.

Art. 2 – Exceptúase de lo precedentemente dispuesto a las entidades que desearen elegir autoridades de acuerdo a lo normado por la Res. Gral. I.G.J. 11/20 y se resultare oficializada sólo una lista de candidatos a los órganos electivos.

Art. 3 – Dispóngase que los procesos electorales que resultaren postergados en virtud de lo dispuesto en el art. 1 de la presente, deberán recomenzar una vez finalizado el período de excepción y realizarse la elección de autoridades en la primera asamblea que se convoque, en la cual –además– deberá precisarse la fecha concreta de finalización de los mandatos de quienes resulten electos.

Art. 4 – La presente entrará en vigencia a partir de su publicación.

Art. 5 – De forma.