Por medio de la Res. 8/15 del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas se prorroga   la vigencia de las disposiciones contenidas en los Dtos. 1.402, del 4 de noviembre de 2001, y 1.548, del 29 de noviembre de 2001, desde el 1 de enero de 2016 y hasta el 30 de abril de 2016, ambas fechas inclusive.