A través de la L. 8844,  se modificó el Código Fiscal provincial (ley 5121), a los efectos de establecer que el Tribunal Fiscal de Apelación, es un organismo Público Provincial, con autarquía jurídica y financiera, y se vinculará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía, su actividad se financiará con fondos provenientes del Tesoro Provincial.