A través de la L. 8844, se modificó el Código Fiscal provincial (ley 5121), a los efectos de establecer que el Tribunal Fiscal de Apelación, es un organismo Público Provincial, con autarquía jurídica y financiera, y se vinculará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía, su actividad se financiará con fondos provenientes del Tesoro Provincial.
TUCUMAN – LEY 8844 – B.O. 18/01/2016 – CÓDIGO FISCAL – TRIBUNAL FISCAL DE APELACIONES
por Dr. Alberto Ignacio Caceres | Ene 19, 2016 | Biblioteca, Leyes | 0 Comentarios