Por medio de la RG (DGR) 9/2016 se dispone considerar presentadas e ingresados en término hasta el día 17 de febrero de 2016 inclusive, las declaraciones juradas y pagos de las obligaciones tributarias correspondientes a los agentes de retención del Impuesto de Sellos encuadrados en el Decreto 1430/1981, período 1/2016, cuyos vencimientos operan el día 10 de febrero de 2016.