TITULO II: CATEGORIA DE GANANCIAS – MINAS, CANTERAS Y BOSQUES (Art.75 a 76)
Art. 75 - El valor impositivo de las minas, canteras, bosques y bienes análogos estará dado por la parte del costo atribuible a los mismos, más, en su caso, los gastos incurridos para obtener la concesión. Cuando se proceda a la explotación de tales bienes en forma...
leer másTITULO II: CATEGORIA DE GANANCIAS – EMPRESAS DE CONSTRUCCION (Art. 74)
Art. 74 - En el caso de construcciones, reconstrucciones y reparaciones de cualquier naturaleza para terceros, en que las operaciones generadoras del beneficio afecten a más de un período fiscal, el resultado bruto de las mismas deberá ser declarado de acuerdo con...
leer másTITULO II: CATEGORIA DE GANANCIAS – RENTAS DE TITULOS VALORES PRIVADOS – RETENCIONES (Art. 70 a 73)
Art. 70 - (Artículo derogado por art. 80 de la Ley N° 27.430 B.O. 29/12/2017. Vigencia: el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efecto de conformidad con lo previsto en cada uno de los Títulos que la componen. Ver art. 86 de la Ley de...
leer másTITULO II: CATEGORIA DE GANANCIAS – TASAS – SOCIEDADES DE CAPITAL – OTROS SUJETOS COMPRENDIDOS (Art.69 a 69.1)
Art. 69 - Las sociedades de capital, por sus ganancias netas imponibles, quedan sujetas a las siguientes tasas: a) al veinticinco por ciento (25%): Las sociedades anónimas —incluidas las sociedades anónimas unipersonales—, las sociedades en comandita por acciones, en...
leer másTITULO II: CATEGORIA DE GANANCIAS – CAPITULO III: GANANCIAS DE LA TERCERA CATEGORIA – BENEFICIOS EMPRESARIALES (Art. 49 a 68)
Art. 49 - Rentas comprendidas. Constituyen ganancias de la tercera categoría: a) Las obtenidas por los responsables incluidos en el artículo 69. b) Todas las que deriven de cualquier otra clase de sociedades constituidas en el país. c) Las derivadas de fideicomisos...
leer másTITULO II: CATEGORIA DE GANANCIAS – CAPITULO III: GANANCIAS DE LA TERCERA CATEGORIA – BENEFICIOS EMPRESARIALES (Art. 49 a 68)
Art. 45 - En tanto no corresponda incluirlas en el artículo 49 de esta ley, constituyen ganancias de la segunda categoría: a) La renta de títulos, cédulas, bonos, letras de tesorería, debentures, cauciones o créditos en dinero o valores privilegiados o quirografarios,...
leer másTITULO II: CATEGORIA DE GANANCIAS – CAPITULO II: GANANCIAS DE LA SEGUNDA CATEGORIA – RENTA DE CAPITALES (Art.45 a 48.1)
Art. 45 - En tanto no corresponda incluirlas en el artículo 49 de esta ley, constituyen ganancias de la segunda categoría: a) La renta de títulos, cédulas, bonos, letras de tesorería, debentures, cauciones o créditos en dinero o valores privilegiados o quirografarios,...
leer másTITULO II: CATEGORIA DE GANANCIAS – CAPITULO I: GANANCIAS DE LA PRIMERA CATEGORIA – RENTA DEL SUELO (Art.41 a 44)
Art. 41 - En tanto no corresponda incluirlas en el artículo 49 de esta ley, constituyen ganancias de la primera categoría, y deben ser declaradas por el propietario de los bienes raíces respectivos: a) El producido en dinero o en especie de la locación de inmuebles...
leer másTITULO I: DISPOSICIONES GENERALES – RETENCIONES (Art.39 a 40)
Art. 39 - La percepción del impuesto se realizará mediante la retención en la fuente, en los casos y en la forma que disponga la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA. Art. 40 - Cuando el contribuyente no haya dado cumplimiento a su obligación de retener el impuesto de...
leer másTITULO I: DISPOSICIONES GENERALES – SALIDAS NO DOCUMENTADAS (Art. 37 a 38)
Art. 37 - Cuando una erogación carezca de documentación o ésta encuadre como apócrifa, y no se pruebe por otros medios que por su naturaleza ha debido ser efectuada para obtener, mantener y conservar ganancias gravadas, no se admitirá su deducción en el balance...
leer másLavalle 353 – 1° Piso Of. 12 y 8 • Lavalle 361 – 1º Piso Of. 11 • Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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